Precio: hasta dónde bajar
Bajar el precio da puntos, pero tu oferta tiene que cubrir lo que cuesta hacer el trabajo. Así se calcula el suelo.
- Coste de personal. El salario de cada persona según el convenio (el acuerdo de salarios del sector) de tu provincia, más la Seguridad Social que paga la empresa, vacaciones, sustituciones y pluses. La calculadora lo hace por categorías.
- Resto de costes. Materiales, maquinaria, vehículos, seguros, uniformes, prevención de riesgos y los gastos generales de tu empresa.
- Tu margen. Decide cuánto sumas encima del coste. Si el total queda por encima del presupuesto base, ese concurso no te conviene.
- Cómo puntúa el precio. Mira la fórmula del pliego (el documento con las reglas del concurso). Con algunas fórmulas, bajar mucho da pocos puntos más.
- El umbral de baja anormal. Si el precio es el único criterio y el pliego no dice otra cosa, se aplica el artículo 85 del Reglamento de contratos (RD 1098/2001): por ejemplo, con cuatro o más ofertas es anormal la que queda más de 10 unidades porcentuales por debajo de la media. Con varios criterios, el umbral lo fija el pliego (art. 149.2 LCSP).
- Si te piden justificar. Te dan un plazo para explicar tu precio. Rechazan la oferta si no se justifica o si incumple el convenio colectivo del sector (art. 149.4 LCSP). No ofertes por debajo de lo que cuesta cumplir el convenio.
Fuentes: Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) · Reglamento de contratos, RD 1098/2001.
Esto es orientación general, no asesoría. El pliego manda.